miércoles, 6 de octubre de 2010

Los ciudadanos de la UE podrán votar en las elecciones municipales de 2011

La Oficina del Censo Electoral ha enviado una comunicación a 757.495 ciudadanos de la UE

Los ciudadanos nacionales de otros países de la Unión Europea podrán votar para las elecciones municipales que se celebrarán el 22 de mayo de 2011 en España. Para hacer uso del voto se requiere manifestar previamente la voluntad de ejercer el derecho, trámite que se ha realizado en los ayuntamientos desde el año 2006. 

El 22 de mayo será la fecha elegida para que los municipios, papeleta en mano, elijan a sus representantes políticos. Lo novedoso de estas próximas elecciones es que los nacionales de otros países de la UE también podrán votar si manifiestan el deseo de hacer uso de este derecho constitucional.

    Quienes hayan manifestado el deseo de votar en las próximas elecciones municipales  y sigan residiendo en España mantienen su condición de electores, sin necesidad de cumplimentar una nueva declaración. En la actualidad hay un total de 363.881 electores nacionales de otros países de la Unión Europea que están dispuestos a participar en las elecciones municipales.

    Los ciudadanos de la UE que estén empadronados y deseen votar, pero que aún no hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de voto, deberán hacerlo lo antes posible, al menos así lo afirma el Gobierno en una nota de prensa. Para facilitar este trámite, la Oficina del Censo Electoral ha enviado por correo postal una comunicación a 757.495 registrados a los que no se ha dirigido en las anteriores elecciones municipales y que a día de hoy aún no han manifestado esa voluntad de votar desde 2007.
Ciudadanos de la UE residentes en España.

    Estos ciudadanos únicamente deberán cumplimentar y firmar la declaración formal contenida en la comunicación y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina de Censo Electoral correspondiente. Además, los que dispongan de número de inscripción en el Registro Central de Extranjeros podrán realizar su manifestación de voluntad a través de Internet, accediendo a la Sede Electrónica de la página web del Instituto Nacional de Estadística.  

    Por su parte, quienes residiendo en España, no estén inscritos en el padrón municipal, deberán acudir a su Ayuntamiento a empadronarse y en ese momento, si lo desean, cumplimentar la declaración para votar en España. Por su parte las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral han establecido un número de teléfono 901-101-900 para resolver cualquier tipo de duda.


Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE).

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